España
  |     |  
Direct Selling association

La AVD, ASOCIACION DE EMPRESAS DE VENTA DIRECTA, fue fundada en la década de los 70. Cuenta con quince empresas asociadas y tres empresas en fase de ingreso, que comercializan todo tipo de productos: libros, CD, cosméticos, cuidado personal, joyería, bisutería, lencería, menaje para el hogar, cocción y conservación de alimentos, pequeños electrodomésticos, etc. Estas empresas utilizan principalmente el sistema de Venta Directa. (Ver Empresas Asociadas)

La AVD se constituyó para representar los intereses del sector en general y de las empresas asociadas en particular ante los Organismos Públicos, Asociaciones de Consumidores y la opinión pública. Entre sus fines se cuentan acreditar y dar prestigio a la imagen de la Venta Directa, colaborando con las Administraciones Públicas, Asociaciones de Consumidores, Universidades y Escuelas de Negocio desarrollando para ello cuantas políticas activas sean necesarias para dotar al canal de los más altos principios comerciales existentes en el Mercado.

LA VENTA DIRECTA
Se entiende por Venta Directa la comercialización fuera de un establecimiento mercantil de bienes y servicios directamente al consumidor, mediante la demostración personalizada por parte de un representante de la empresa vendedora, lo que la distingue de las denominadas Ventas a Distancia en las que no existe un contacto personal entre la empresa vendedora y el comprador.

En España la Venta Directa se regula por la Ley 26/1991 de 21 de Noviembre que incorpora la Directiva Comunitaria 85/577 CEE, del 20 de Diciembre de 1985. Una de las principales ventajas para el consumidor español derivadas de esta normativa es el derecho de revocación que tiene todo comprador hasta siete días contados desde la recepción del producto.

En aplicación de sus principios fundacionales, la AVD fue la primera Asociación Empresarial Española en dotarse de un Código de Etica y en Adherirse al Sistema Arbitral de Consumo a nivel Nacional. Este Sistema canaliza de forma simple, rápida, eficaz y sin costes las reclamaciones de los consumidores, es voluntario para las partes y los laudos que emiten los Colegios Arbitrales (compuestos por tres Arbitros, uno representando a los consumidores, otro a los empresarios y un tercero a la Administración) son vinculantes, lo que significa que tienen la misma fuerza que las sentencias judiciales.


 

 
Print this page